Reglamentación sobre Bloqueo Geográfico en la UE

El objetivo del mercado único de la UE es permitir que las empresas se conecten con los clientes de todos los Estados miembros de la UE. La Internet y el comercio electrónico han hecho que esto sea más fácil que antes. Como parte de su estrategia de un mercado común digital, la Comisión Europea lucha por garantizar que la visión de un mercado común de la UE continúe siendo una realidad en el espacio en línea. La Comisión Europea rechaza ciertas prácticas que cree que frenan la visión de mercado común de la UE. El bloqueo geográfico es una de esas prácticas que la UE está intentando abordar mediante la normativa.

El Reglamento sobre Bloqueo Geográfico se aprobó luego de que la UE notara que la práctica de bloqueo geográfico daba como resultado la discriminación de ventas en línea directas e indirectas contra los consumidores en varios Estados miembros de la UE, lo que perjudicaba el objetivo de un mercado común en la UE. El bloqueo geográfico es la práctica mediante la que las empresas prohíben a los clientes acceder a sus bienes y servicios según su ubicación geográfica. El Reglamento sobre Bloqueo Geográfico prohíbe el bloqueo geográfico de clientes en Estados miembros de la UE, lo que apunta a garantizar el acceso igualitario para todos los clientes de la UE a bienes y servicios, independientemente de su nacionalidad, lugar de residencia o el país de origen de la tarjeta de débito o crédito (u otro instrumento de pago) que se use.

Cambios a las normas sobre bloqueo geográfico en la UE

Desde el 3 de diciembre de 2018, los comerciantes que operen en la UE no podrán usar el bloqueo geográfico para pagos de consumidores de la UE o para el acceso a un sitio web/aplicación según lo dispuesto por el Reglamento sobre Bloqueo Geográfico. Esto significa que los comerciantes de la UE ya no podrán negarse a hacer transacciones con un cliente de la UE según la nacionalidad del cliente.

Si eres un comerciante que opera en la UE y ofrece bienes y servicios a clientes en algunos países de la UE, es probable que te veas afectado por el Reglamento sobre Bloqueo Geográfico. Algunos tipos de empresas están exentas del Reglamento sobre Bloqueo Geográfico, por ejemplo, los proveedores de servicios audiovisuales, los servicios de atención médica y los servicios de transporte. Si no estás seguro de si tu empresa entra en el alcance de estas exenciones, te recomendamos hablar con tus asesores legales respecto de tus circunstancias particulares. En este artículo, estableceremos lo que debes saber acerca del Reglamento sobre Bloqueo Geográfico y qué medidas debes pensar en tomar para cumplir con dicha normativa.

¿Qué se prohíbe en virtud del Reglamento sobre Bloque Geográfico?

No se permite que los comerciantes bloqueen de manera intencional pagos de clientes que usan métodos de pago que el comerciante aceptaría normalmente solo porque se encuentren en ciertos Estados miembros de la UE.

Ejemplo: Si tu empresa vende remeras en línea a clientes de toda la UE y acepta tarjetas de crédito de una marca específica en Francia, no está permitido que bloquees de manera activa los pagos con tarjeta de crédito de esa marca de clientes establecidos en Italia (según se pueda inferir por la dirección IP de los clientes, las direcciones especificadas o el banco emisor de la tarjeta que se usó para el pago).

Las empresas no pueden bloquear el acceso a su sitio web o aplicación según la ubicación de un cliente de la UE o su dirección de IP, a menos que lo permitan las leyes nacionales o de la UE. Esta prohibición incluye la restricción de redirigir automáticamente a los clientes de la UE a una versión local de un sitio web sin su consentimiento explícito.

Ejemplo: Si un cliente establecido en España desea acceder al sitio web alemán de una empresa (es decir, un sitio web dirigido al mercado alemán), la empresa alemana no puede bloquear el acceso o redirigir al cliente a una versión del sitio web para el mercado español sin el consentimiento explícito del cliente. Incluso cuando se obtiene el consentimiento explícito, el cliente debe poder seguir accediendo a la versión original del sitio web.

¿Esto significa que tengo que vender bienes o servicios en toda la UE para cumplir con la normativa?

Sí, la opción de comprar bienes y servicios debe estar disponible para todos los clientes de la UE. Sin embargo, el Reglamento sobre Bloqueo Geográfico no obliga a los comerciantes a entregar bienes y servicios a clientes en toda la UE; los comerciantes son libres de elegir el área geográfica en la cual entregan físicamente sus bienes o servicios.

Ejemplo: Si una empresa especifica que entrega bienes solamente a domicilios de Irlanda, y un cliente sueco hace una compra, solo se espera que la empresa entregue los bienes a un domicilio de Irlanda. El cliente sueco debe hacer los arreglos necesarios para el retiro o posterior entrega desde el domicilio irlandés.

Para evitar confusiones, los sitios web de los comerciantes deben indicar con claridad los países que son elegibles para realizar entregas.

¿Hay excepciones a la prohibición del Reglamento sobre Bloqueo Geográfico de pagos dentro de la UE?

Sí, el Reglamento sobre Bloqueo Geográfico indica que es probable que los comerciantes deban tomar ciertas precauciones con el fin de prevenir el fraude. En tal sentido, permite a los comerciantes:

  1. Retener la entrega de bienes o la prestación de servicios cuando un comerciante tiene motivos justificables y objetivos de que una transacción de pago no se inició de manera adecuada, p. ej., cuando un comerciante, que ha considerado muchas funcionalidades diferentes de una transacción (y no se basó solamente en la nacionalidad del cliente o el lugar donde se emitió la tarjeta), determina que algunas de estas funcionalidades son indicadores de fraude.

  2. Negarse o aplicar condiciones diferentes a un pago si no cumple con los requisitos de la autenticación reforzada de clientes (SCA) que se establecen en la PSD2 (para obtener más información sobre la autenticación reforzada de clientes, echa un vistazo a nuestra Guía de Stripe para la SCA aquí).

Se debe tener en cuenta que la SCA es un nuevo método de autenticación de los pagos electrónicos (o de verificación de la identidad de un cliente antes de aceptar un pago electrónico) que será obligatorio para la mayoría de las transacciones en la UE a partir de septiembre de 2019. En resumen, la SCA requiere que los pagos sean autenticados por los clientes mediante información o dispositivos que solamente el cliente sabe/tiene, p. ej., una contraseña, un teléfono móvil o un dato biométrico como una huella digital. Es posible que esta excepción no esté disponible de inmediato para que los comerciantes la usen hasta que la industria de los pagos implemente la SCA por completo, lo que ocurrirá durante el 2021. La mayoría de los mercados de la UE implementaron, de manera gradual, la SCA durante los primeros meses de 2021, y el Reino Unido será uno de los últimos mercados en implementarla cerca de su plazo, el 14 de septiembre de 2021.

¿Qué medidas deben tomar las empresas para asegurarse de cumplir con el Reglamento?

Las empresas que ofrecen bienes y servicios a los clientes de la UE deberán asegurarse de que sus sitios web/aplicaciones no discriminen a los clientes en línea de la UE. Deben pensar en revisar los detalles de su sitio web y aplicación, la accesibilidad de la finalización de compra, las herramientas de prevención de fraude de pagos y las herramientas de bloqueo de IP con referencia a las prohibiciones del Reglamento sobre Bloqueo Geográfico. En particular, las empresas deben asegurarse de que sus:

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Por último, esta publicación se brinda a efectos informativos solamente y no debe ser tratada como asesoramiento legal. Si necesitas obtener asesoramiento legal en relación con las cuestiones que se mencionan en esta nota, te recomendamos hablar con tu proveedor profesional de servicios legales.